{"id":3475,"date":"2020-11-24T00:00:17","date_gmt":"2020-11-23T23:00:17","guid":{"rendered":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/?p=3475"},"modified":"2020-11-23T10:14:04","modified_gmt":"2020-11-23T09:14:04","slug":"historia-de-las-nuevas-constituciones-redentoristas-parte-ii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/historia-de-las-nuevas-constituciones-redentoristas-parte-ii\/","title":{"rendered":"HISTORIA DE LAS \u201eNUEVAS\u201d CONSTITUCIONES REDENTORISTAS \u2013 PARTE II"},"content":{"rendered":"<h3 style=\"text-align: center;\"><strong>HISTORIA DE LAS \u201eNUEVAS\u201d CONSTITUCIONES REDENTORISTAS \u2013 PARTE II<\/strong><\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201eCopiosa apud Eum Redemptio\u201d, en \u00c9l la Redenci\u00f3n es abundante. Este lema centra el coraz\u00f3n de todos los redentoristas y personas entregadas al Sant\u00edsimo Redentor y est\u00e1 contenido en la primera constituci\u00f3n de nuestra legislaci\u00f3n renovada, de la cual hoy estamos orgullosos. En nuestro primer encuentro, nos centramos en c\u00f3mo los redentoristas se apartaron de lo antiguo, lo sagrado, lo concerniente al enorme respeto y veneraci\u00f3n, incluso de la Regla papal del a\u00f1o 1749, y decidieron llevar a cabo una nueva legislaci\u00f3n: las Constituciones de 1964.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>\u00c9ste fue un paso importante y serio para los redentoristas, que rodeaban a la Regla de enorme respeto y la trataban como \u201cLa Santa Regla\u201d. En el transcurso del siglo XIX al XX, aparecieron muchos manuales para j\u00f3venes redentoristas en formaci\u00f3n, en los cuales la Regla gozaba de respeto y divinidad. Aparec\u00edan las palabras: \u201cHay que creer en la Regla, hay que amar la Regla, poner esperanza en la Regla\u201d. Desde nuestro punto de vista actual esto es casi idolatr\u00eda, pero tambi\u00e9n expresi\u00f3n del enorme respeto de los redentoristas por el orden jur\u00eddico, por la Regla. Hemos ido siguiendo c\u00f3mo ocurri\u00f3 que los redentoristas, desde el a\u00f1o 1947, pasando por el Cap\u00edtulo de 1953 hasta el Cap\u00edtulo de 1963, decidieron abandonar la Regla antigua y llevar a cabo una nueva legislaci\u00f3n acorde a los tiempos, tal y como son hoy las Constituciones religiosas. Este libreto, apenas conocido para muchos redentoristas, las Constituciones de 1964, fue implementado primeramente por 7 a\u00f1os <em>ad experimentum<\/em>, y, tras este tiempo, en 1971, estas Constituciones se convirtieron en la base legislativa de nuestras Constituciones. Sin embargo, mientras tanto, trabajaba la comisi\u00f3n \u201cde los ocho hombres\u201d (\u201c<em>otto viri\u201d), <\/em>la cual se encarg\u00f3, entre otras cosas, del trabajo de finalizaci\u00f3n de estas Constituciones para la Santa Sede, pero tambi\u00e9n de la creaci\u00f3n de los necesarios Estatutos Capitulares, tal y como se llamaba por aquel entonces a los Estatutos Generales. Termin\u00f3 con su trabajo justo antes de la promulgaci\u00f3n de un documento muy importante, es decir, el <em>motu proprio<\/em> de Pablo VI \u201c<em>Ecclesiae Sanctae<\/em>\u201d. Este documento del 6 de agosto de 1966, un a\u00f1o despu\u00e9s de la clausura del Concilio Vaticano II, fue un documento concreto sobre qu\u00e9 manera hab\u00eda de realizarse el <em>aggiornamento<\/em>, es decir la renovaci\u00f3n adecuada de todos los institutos de vida consagrada. Fue un complemento legal de \u201c<em>Perfectae Caritatis<\/em>\u201d, la cual llamaba a la renovaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los redentoristas ya ten\u00edan renovada su legislaci\u00f3n. Sin embargo, tanto la comisi\u00f3n de los ocho hombres, como toda la Congregaci\u00f3n, sent\u00edan que hab\u00eda llegado el momento de dar un siguiente paso y trabajar en una legislaci\u00f3n religiosa nueva, m\u00e1s alfonsiana y m\u00e1s acorde al Concilio. Adem\u00e1s, la Iglesia nos llamaba a ello. Por este motivo se prepar\u00f3 el Cap\u00edtulo de 1967 con enorme esmero, para que en este Cap\u00edtulo, que deb\u00eda ser un Cap\u00edtulo extraordinario, se sacara provecho de los derechos conferidos por el <em>motu proprio<\/em> \u201c<em>Ecclesia sanctae<\/em>\u201d. Fue un Cap\u00edtulo especial, extraordinario, que tuvo competencias concretas: deb\u00eda preparar nuestras nuevas Constituciones. Se comenzaron los trabajos preparatorios, la carta del Padre General Goudreau, de 1967, nombraba la Comisi\u00f3n Central T\u00e9cnica, que deb\u00eda prepara este acontecimiento, que no era otro que el Cap\u00edtulo de 1967.<\/p>\n<p>La respuesta a la carta del Padre General fue totalmente inesperada. Se acumularon m\u00e1s de dos mil postulados e indicaciones diferentes, que la Comisi\u00f3n Central T\u00e9cnica ten\u00eda que trabajar y que dividi\u00f3 en, al menos, dos grupos: el de los postulados m\u00e1s importantes y el de los menos importantes. Pero en la historia de la preparaci\u00f3n del Cap\u00edtulo Extraordinario de 1967 los encuentros ocupan un lugar especial. En primer lugar, en el \u00e1mbito provincial, despu\u00e9s en el interprovincial y, finalmente en el continental. Los primeros encuentros de este tipo se dieron durante el tiempo de la comisi\u00f3n <em>otto viri<\/em> en 1965. Fueron encuentros en Etrelles, para la Provincia de Par\u00eds; un ciclo de encuentros, en los cuales nuestro historiador, el p. Vereecke, present\u00f3 la historia del instituto y los logros y descubrimientos hist\u00f3ricos, sobre todo en lo que respecta al descubrimiento de la teolog\u00eda de la espiritualidad de nuestro Fundador. Fueron unos encuentros hist\u00f3ricos muy importantes. De modo semejante ocurri\u00f3 en Baden, Suiza.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Un encuentro muy importante fue el de abril de 1969 en Lugano, Suiza. All\u00ed, algunas provincias (exactamente ocho provincias europeas), por primera vez estudiaron en com\u00fan los documentos del Concilio Vaticano II. Sobre todo \u201c<em>Presbyterorum Ordinis<\/em>\u201d, sobre el ministerio y vida sacerdotal, es decir, sobre la vida de las personas consagradas a Dios, as\u00ed como los dos documentos sobre la Iglesia: \u201c<em>Lumen Gentium<\/em>\u201d y \u201c<em>Gaudium et Spes<\/em>\u201d. Esta investigaci\u00f3n hist\u00f3rica, los descubrimientos hist\u00f3ricos sobre las ideas de nuestro Fundador, el descubrimiento de documentos tales como el <em>Ristretto<\/em> de 1747, permitieron conocer las intenciones del Fundador. El estudio de los documentos del Vaticano II llev\u00f3 a que, finalmente, nuestra legislaci\u00f3n presente tradujera, en palabras del Concilio Vaticano II y no del fundador, de manera m\u00e1s completa y exacta las ideas de nuestro Fundador san Alfonso, mucho mejor que la Regla papal original del 1749. En este encuentro de Lugano, se dividi\u00f3 tambi\u00e9n el material de nuestras Constituciones sobre algunos temas y fue dado para su estudio por parte de nuestros famosos te\u00f3logos. El primer tema era el fin de la Congregaci\u00f3n. Este siempre fue un elemente importante para nosotros, esencial; este documento deb\u00eda prepararlo y trabajarlo el conocido te\u00f3logo franc\u00e9s, el p. D\u00fcrwell. La segunda cuesti\u00f3n era el objetivo que se expresa en la unidad de la vida apost\u00f3lica, es decir, la <em>vita apostolica<\/em>. La <em>vita apostolica<\/em>, o sea, la vida apost\u00f3lica, que se centra, por una parte, en los votos y, por tanto, en la vida consagrada, la consagraci\u00f3n, pero tambi\u00e9n nuestra actividad apost\u00f3lica tiene que estar en consonancia. La <em>vita apostolica <\/em>no s\u00f3lo se convirti\u00f3 en un tema, sino en camino para la unidad de nuestra vida apost\u00f3lica. Este tema se confi\u00f3 a dos conocidos te\u00f3logos: al padre suizo Paul Hitz y a Bernard H\u00e4ring, de la provincia de M\u00fanich. Tambi\u00e9n surgi\u00f3 el tema de la formaci\u00f3n, ya que siempre estaba de alguna manera poco desarrollado en nuestra legislaci\u00f3n y, finalmente, tambi\u00e9n el del gobierno, la manera de organizaci\u00f3n de la Congregaci\u00f3n, el cual trabaj\u00f3 el p. Pfab, de M\u00fanich. M\u00e1s tarde se siguieron m\u00e1s encuentros. En S\u00e3o Paulo, en 1966, Campina grande, y al final, en julio, en la misma S\u00e3o Paulo. Estos tres encuentros sudamericanos fueron muy importantes, porque este mundo, alejado de nuestras concepciones europeas y romanas r\u00edgidas, se ocupaba de temas importantes para la comunidad y para la misi\u00f3n redentorista de un modo m\u00e1s libre y enfatizando ciertas prioridades. \u00bfCu\u00e1les? Pues el primado del apostolado sobre lo mon\u00e1stico; el primado de lo eclesial sobre lo jur\u00eddico y legal. Tuvo gran acogida la idea de vida apost\u00f3lica, que defin\u00eda de modo bello la unidad de nuestra vida. En S\u00e3o Paulo aparecieron nuevos temas, esto es: la descentralizaci\u00f3n (uno de los elementos que hoy conforma nuestro ordenamiento legal). Esto significa que no todas las responsabilidades recaer\u00edan en la esfera del General, del Gobierno General, y distribuir muchas responsabilidades a la provincia, incluso a las comunidades particulares. Lo segundo, se advirti\u00f3 la necesidad de crear estructuras intermedias. Esto es, las estructuras que hoy tenemos en la Congregaci\u00f3n como conferencias, que re\u00fanen a muchas provincias, por ejemplo, a nivel continental.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Tambi\u00e9n se habl\u00f3 de los Cap\u00edtulos Provinciales como elemento esencial de gobierno y creaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n para la Congregaci\u00f3n. Finalmente se sucedieron a su vez encuentros en Delemont (Suiza), donde se presentaron los efectos de este trabajo. All\u00ed se decidi\u00f3 que se habr\u00eda de crearse un texto totalmente nuevo de nuestras Constituciones.<\/p>\n<p>Finalmente, los encuentros transatl\u00e1nticos, esto es, en Chicago. Hubo dos encuentros: uno en noviembre de 1966, y otro m\u00e1s tarde, en abril de 1967, justo antes del inicio de la primera sesi\u00f3n del Cap\u00edtulo extraordinario legislativo de 1967. Este encuentro, sobre todo el segundo en Chicago, fue muy importante, pues en \u00e9l los asistentes representaban a una gran parte de redentoristas, casi la mitad, con cerca de 3000 redentoristas. Se llam\u00f3 la atenci\u00f3n sobre algunos otros acentos a los surgidos en Europa, por lo que estos encuentros se influyeron mutuamente.<\/p>\n<p>Finalmente, se discutieron tambi\u00e9n los documentos trabajados en Europa. All\u00ed, m\u00e1s all\u00e1 del Atl\u00e1ntico, surgi\u00f3 la idea de llamar a san Clemente \u201cCofundador\u201d o \u201csegundo fundador\u201d, debido a que san Clemente fue tan necesario para motivar otro m\u00e9todo de trabajo completamente distinto, los trabajos de los redentoristas americanos, que, siguiendo la tradici\u00f3n de san Juan Nepomuceno Neumann, crearon escuelas, las atendieron, as\u00ed como crearon y atendieron parroquias. Finalmente, se dieron algunos encuentros m\u00e1s en Europa: en Delemont, en 1966, despu\u00e9s otro m\u00e1s en Delemont en abril de 1967, y finalmente otro en S\u00e3o Paulo.<\/p>\n<p>Surgieron tambi\u00e9n al final de estos encuentros algunos textos concretos. Surgi\u00f3 el texto de Londres, el texto europeo, el texto de Ceb\u00fa, un texto muy curioso, trabajado por el padre Bily, quien, como profesor de Biblia, creo las Constituciones desde la base de los textos b\u00edblicos. Por supuesto, este texto no se tom\u00f3 como texto legal, pero por \u00e9l nuestras constituciones hoy est\u00e1n impregnadas de tantos fragmentos o elementos b\u00edblicos, pues muchos de ellos se sacaron precisamente de este texto de Ceb\u00fa. Surgi\u00f3 tambi\u00e9n el texto de Edmonton, as\u00ed como el texto de Varsovia. La provincia de Varsovia, por aquel entonces, era la \u00fanica que se encontraba tras el Tel\u00f3n de Acero, bajo el comunismo; los redentoristas de esta provincia no pod\u00edan participar en las reuniones, en estos trabajos de la mayor\u00eda de la Congregaci\u00f3n, por lo que al menos prepararon su texto y lo enviaron para el trabajo del Cap\u00edtulo de 1967. La primera sesi\u00f3n de este Cap\u00edtulo Extraordinario tuvo lugar entre el 8 de septiembre y el 23 de octubre de 1967. Comenz\u00f3 con la renuncia del Padre General Guillermo Goudreau, pasando a ser el nuevo General el p. Ariovaldo Amaral, brasile\u00f1o, quien, participando en los encuentros de Am\u00e9rica Latina, garantizaba tambi\u00e9n que se trasladaran y realizaran aquellas ideas que hab\u00edan ido surgiendo all\u00ed. Por lo general, tambi\u00e9n fue un entusiasta con el trabajo sobre la nueva legislaci\u00f3n, por lo que el Cap\u00edtulo de 1967 fue prometedor y estuvo bien preparado. Pero surgi\u00f3 un problema: no estaba claro sobre qu\u00e9 texto hab\u00eda que trabajar. Este callej\u00f3n sin salida se solucion\u00f3 gracias a los cohermanos italianos, que presentaron el texto <em>italicus<\/em>, un texto de compromiso apoyado por, ente otros, el padre Sante Ramponi, autor de la publicaci\u00f3n m\u00e1s importante acerca de la historia y la teolog\u00eda de nuestras Constituciones. El cap\u00edtulo se decant\u00f3 por este texto, que se convirti\u00f3 en el texto de partida.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>No obstante, esta primera sesi\u00f3n no pudo trabajar todos los textos. Quiz\u00e1s fuera bueno, pues mientras tanto el Vaticano publicaba algunos documentos muy importantes, entre otros, sobre la formaci\u00f3n, y gracias a ello en la siguiente sesi\u00f3n del Cap\u00edtulo Extraordinario en 1969 se pudo sacar provecho de ellos. En cambio, trabaj\u00f3 aquello que era m\u00e1s necesario, esto es el \u00faltimo cap\u00edtulo sobre el gobierno y la vida de la Congregaci\u00f3n. As\u00ed se comenz\u00f3, bajo la direcci\u00f3n de la comisi\u00f3n preparatoria y redactora, la cual dirig\u00eda el p. Sante Raponi, el trabajo de preparaci\u00f3n de la siguiente sesi\u00f3n del Cap\u00edtulo Extraordinario, que deb\u00eda tener lugar en 1969.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Mientras tanto, surgieron algunos textos, que se hab\u00edan enviado, y m\u00e1s tarde fueron devueltos a la comisi\u00f3n\u2026 digamos que puede que estos textos fueran demasiados. De igual modo, finalmente, se prepar\u00f3 un buen texto para la siguiente y segunda sesi\u00f3n del Cap\u00edtulo Extraordinario. En este momento, tambi\u00e9n, siguiendo un camino probado, tuvieron lugar encuentros regionales. Fueron los siguientes: En Manila para los orientales (octubre de 1968), en Delemont (enero de 1969), tambi\u00e9n en enero tuvo lugar un encuentro en Tascon (Am\u00e9rica del Norte), y finalmente en Lima para Am\u00e9rica del Sur. Lleg\u00f3 la segunda sesi\u00f3n del Cap\u00edtulo General, que tuvo lugar del 14 de abril al 28 de mayo de 1969. Esta sesi\u00f3n, muy din\u00e1mica, trabaj\u00f3 el texto de nuestras Constituciones actuales, m\u00e1s o menos en este libreto. Conten\u00eda no s\u00f3lo el texto de las nuevas Constituciones, sino tambi\u00e9n el texto de los Estatutos Generales preparados. Aqu\u00ed, en este caso, tenemos la edici\u00f3n del a\u00f1o 1969.<\/p>\n<p>El Cap\u00edtulo trabaj\u00f3 no s\u00f3lo el texto de las Constituciones, sino tambi\u00e9n de los Estatutos Generales y, de esta manera, surgi\u00f3 el texto de las Constituciones, las cuales fueron aprobadas en principio, por supuesto, <em>ad experimentum<\/em>. Atenci\u00f3n: en 1969 la legislaci\u00f3n base de nuestra Congregaci\u00f3n todav\u00eda era la Regla papal de 1749, ya que hasta 1971 las Constituciones de 1964 estaban <em>ad experimentum<\/em>. En este momento, en 1969, surgieron sucesivas Constituciones, que tambi\u00e9n fueron introducidas <em>ad experimentum<\/em> y sustituyeron a las de 1964. Esta complicaci\u00f3n legal causaba cierta confusi\u00f3n en la Congregaci\u00f3n, por eso fueron necesarias cartas del General y la comisi\u00f3n redactora capitular, que explicaban seg\u00fan qu\u00e9 constituciones deb\u00edan vivir los redentoristas. En 1971, finalmente, las antiguas Reglas dejaron de estar vigentes, y, desde el estatuto <em>ad experimentum<\/em>, se promovieron como base legal de nuestra Congregaci\u00f3n las Constituciones de 1964. Pero no se vivi\u00f3 seg\u00fan estas Constituciones, pues en ese momento ya se aplicaban las nuevas Constituciones y Estatutos Generales.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Ahora, se sucedi\u00f3 un tiempo muy importante de aplicaci\u00f3n, examinaci\u00f3n y prueba de nuestros nuevos documentos. Tuvieron lugar m\u00e1s encuentros, entre ellos, en Visp (Suiza), en Saint Anne (Quebec), en Bello Horizonte (para los latinoamericanos) y en Bangkok (para Asia y Australia).<\/p>\n<p>Finalmente, cuando lleg\u00f3 el nuevo Cap\u00edtulo, el p. Josef Pfab se convirti\u00f3 en el nuevo General en 1973. Uno de los que ya desde hac\u00eda mucho tiempo estaban muy comprometidos con la creaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de nuestra nueva legislaci\u00f3n. El Capitulo General se celebr\u00f3 en 1979. \u00c9ste ten\u00eda que cerrar definitivamente el periodo de prueba <em>ad experimentum<\/em>.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>En el Cap\u00edtulo de 1979, que se compon\u00eda ya en gran parte por capitulares totalmente nuevos, nuestra legislaci\u00f3n fue revisada una vez m\u00e1s, elaborada, aprobada y enviada a la Santa Sede para su aprobaci\u00f3n. Los estatutos Generales, en cambio, en virtud de las decisiones de nuestros Cap\u00edtulos, se convirtieron ya en obligatorios para la vida de la Congregaci\u00f3n. Los textos ya se hab\u00edan entregado a la a la Santa Sede, pero ocurri\u00f3 que era necesario todav\u00eda un di\u00e1logo entre la Congregaci\u00f3n para los Religiosos y nuestra Congregaci\u00f3n porque se nos se\u00f1alaron algunas carencias y errores en el texto de nuestras Constituciones. Faltaban ciertas resoluciones legales, y algunas precisiones y disposiciones, que estaban en los Estatutos Generales, pero hubiera sido conveniente que hubieran estado en las Constituciones, como documento universal y permanente para toda la Congregaci\u00f3n, es decir, inmodificables, salvo que hubiera una nueva confirmaci\u00f3n por parte de la Congregaci\u00f3n Vaticana. Por su parte, los Estatutos Generales ten\u00edan car\u00e1cter universal, pero modificable, y los Cap\u00edtulos pueden introducir cambios en los Estatutos Generales. Se trataba, por tanto, de que ciertas disposiciones legales pasaran a las Constituciones. Este dialogo fue muy tenso, pues nos preocupaban ciertos elementos de nuestra legislaci\u00f3n y, por otra parte, se respetaron tambi\u00e9n ciertas exigencias que present\u00f3 la Santa Sede. Finalmente fue evaluado por dos expertos, y aqu\u00ed est\u00e1 la consternaci\u00f3n: El primer especialista, el primer experto, tras leer nuestras Constituciones, escribi\u00f3 a la Congregaci\u00f3n de Religiosos de esta manera: \u201cUn texto muy bueno. Realmente digno de un gran instituto religioso, poseedor de su tradici\u00f3n y sus m\u00e9ritos. No es estrictamente legal, pero se encuentra en ellos un equilibro entre el aspecto espiritual y normativo, aunque los elementos espirituales y exhortantes son m\u00e1s numerosos que los elementos puramente legales\u201d. Entonces, por una parte, alab\u00f3, pero, por otra, advirti\u00f3 tambi\u00e9n que nuestras Constituciones tienen un car\u00e1cter m\u00e1s espiritual. Quiz\u00e1s, al hilo de esto, merezca la pena mencionar, que en el Cap\u00edtulo Extraordinario se descart\u00f3 la creaci\u00f3n del as\u00ed llamado Directorio Espiritual, un compendio de la espiritualidad, teolog\u00eda y carisma redentorista. \u00bfPor qu\u00e9? Precisamente porque nuestras Constituciones son un perfecto compendio de teolog\u00eda. En cambio, tambi\u00e9n puede que hubiera alguna vez una falta de ciertas disposiciones legales. De un modo m\u00e1s dram\u00e1tico lo present\u00f3 el segundo experto, que escribi\u00f3 una opini\u00f3n muy categ\u00f3rica: \u201cEn la base de los m\u00e9todos utilizados por las diferentes comisiones delegadas para el estudio de las Constituciones, actualmente no parecen estar elaboradas conforme a las normas de \u2018<em>Ecclesiae Sanctae<\/em>\u2019\u201d. Viendo la falta de detalles legales en estas constituciones, es absolutamente necesario conocer qu\u00e9 es lo que contienen finalmente los Estatutos.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>\u201cUn juicio concerniente al texto de las Constituciones presupone un an\u00e1lisis previo de las normas que han de aplicarse\u201d. Result\u00f3 que, ante esto, los expertos recibieron las mismas Constituciones sin el texto de los Estatutos Generales.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de una valoraci\u00f3n tan diferenciada de nuestras Constituciones, esta congregaci\u00f3n mantuvo todav\u00eda un di\u00e1logo m\u00e1s decidido con nuestra Congregaci\u00f3n, y este dialogo dur\u00f3 un poco para aclarar y explicar, que los textos de los Estatutos Generales tambi\u00e9n fueron enviados. Nos cost\u00f3 un poco trasladar algunos textos a las Constituciones, ciertas aclaraciones, y, finalmente, sigui\u00f3 una espera que dur\u00f3 un par de meses. Al final, el 2 de febrero de 1982, las Constituciones de nuestra Congregaci\u00f3n fueron aprobadas, y desde ese momento pudimos alegrarnos de un texto bello y renovado de las Constituciones, ya no <em>ad experimentum<\/em>, sino Constituciones que supl\u00edan ya todas nuestras Reglas y Constituciones habidas hasta el momento. Tambi\u00e9n hubo un elemento que supuso una nueva aprobaci\u00f3n pues, durante este tiempo, surgi\u00f3 el C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico de 1983, por lo que nuestras constituciones, corregidas, de nuevo fueron enviadas a esa Congregaci\u00f3n y de nuevo fueron aprobadas en 1986. Y as\u00ed surgi\u00f3 el texto con el que hoy alimentamos nuestra espiritualidad; estas Constituciones orientan nuestra actividad y son expresi\u00f3n de la teolog\u00eda y espiritualidad de los pensamientos apost\u00f3licos de nuestro Fundador, san Alfonso, y de san Clemente, m\u00e1s aun que en todos los textos anteriores.<\/p>\n<p>Nuestro canal ya llevar\u00e1 a cabo un an\u00e1lisis de los documentos, decidi\u00e9ndose e inclin\u00e1ndose por sucesivos cap\u00edtulos.<\/p>\n<p>As\u00ed pues, terminamos nuestro cap\u00edtulo, dando gracias a Dios por el esfuerzo de tantos cohermanos nuestros, que condujeron al surgimiento de las Constituciones de nuestra Congregaci\u00f3n, tan bellas, completas y actuales para el d\u00eda de hoy. \u201cCopiosa apud Eum Redemptio\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HISTORIA DE LAS \u201eNUEVAS\u201d CONSTITUCIONES REDENTORISTAS \u2013 PARTE II &nbsp; \u201eCopiosa apud Eum Redemptio\u201d, en \u00c9l la Redenci\u00f3n es abundante. Este lema centra el coraz\u00f3n de todos los redentoristas y personas entregadas al Sant\u00edsimo Redentor y est\u00e1 contenido en la primera constituci\u00f3n de nuestra legislaci\u00f3n renovada, de la cual hoy estamos orgullosos. En nuestro primer [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3356,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[22],"tags":[],"class_list":["post-3475","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-raices"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3475"}],"collection":[{"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3475"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3475\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3476,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3475\/revisions\/3476"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3356"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3475"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3475"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/forworld.redemptor.pl\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3475"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}